
Siniestro de mercancías: qué hacer durante las primeras 48 horas
- Victor Cabrera Bellon

- hace 2 días
- 8 min de lectura
Última revisión: 16 de agosto de 2026
Si la mercancía llega dañada, mojada, contaminada, incompleta o no llega, actúe desde el primer momento: proteja las personas y la carga, deje reservas escritas al transportista, documente el estado de la mercancía y avise inmediatamente a su corredor o asegurador. No espere a reunir todos los documentos ni destruya embalajes o restos antes de recibir instrucciones.
Las primeras 48 horas son una ventana operativa crítica, pero no constituyen un plazo legal universal. Los plazos cambian según el medio de transporte, el contrato, la ley aplicable y la póliza.

Respuesta rápida: siete actuaciones esenciales
1. Evite lesiones y nuevos daños sin alterar innecesariamente las pruebas.
2. Anote reservas concretas antes de firmar el albarán o comprobante de entrega.
3. Tome fotografías y vídeos del exterior, interior, embalaje, precintos y mercancía.
4. Avise por escrito al corredor o asegurador y al transportista el mismo día.
5. Separe y conserve la carga dañada, sus embalajes y los registros disponibles.
6. Pregunte si debe intervenir un perito o comisario de averías antes de mover, reparar o desechar la mercancía.
7. Abra dos expedientes coordinados: la reclamación al seguro y la reserva de derechos frente al transportista y otros responsables.
Cronología práctica de las primeras 48 horas
Momento | Actuación prioritaria | Resultado que debe conservar |
Primeras 2 horas | Seguridad, contención del daño, reservas en la entrega y reportaje fotográfico | Albarán con reservas, fotos, vídeos y nombres de intervinientes |
De 2 a 6 horas | Aviso escrito al corredor/asegurador, transportista y, si procede, transitario | Emails enviados, acuses y número inicial de expediente |
De 6 a 24 horas | Segregar la carga, preservar embalajes, precintos y registros; reunir documentos | Inventario provisional y cadena de custodia de las pruebas |
De 24 a 48 horas | Coordinar peritación, cuantificar provisionalmente y adoptar medidas de salvamento autorizadas | Instrucciones, cita del perito, presupuesto o plan de mitigación |
Esta secuencia debe adaptarse si existe riesgo para las personas, mercancía peligrosa, contaminación, incendio, cadena de frío o una orden de la autoridad.
Antes de firmar la entrega: no acepte un recibo limpio si hay daños visibles
Describa lo que realmente observa. Expresiones genéricas como «pendiente de revisión» pueden ser insuficientes si ya existe un daño aparente. Una reserva útil identifica, en la medida posible:
• número de bultos faltantes o afectados;
• embalaje roto, mojado, perforado o deformado;
• precinto inexistente, roto o con numeración distinta;
• temperatura observada y alarma del registrador;
• inclinación, golpe, derrame, olor o contaminación;
• alcance aún desconocido, pendiente de inspección.
Ejemplo orientativo: «Se reciben 4 de 10 palés con embalaje mojado y deformado; alcance interior pendiente de inspección conjunta. Se reservan expresamente todos los derechos.»
No firme por el conductor ni modifique posteriormente un documento ya firmado. Si el sistema electrónico no permite detallar la reserva, envíela inmediatamente por email y conserve prueba del envío.
Fotografías y pruebas que conviene obtener
Documente la secuencia completa, no solo un primer plano del daño:
• vehículo, contenedor o unidad de carga y su matrícula o identificación;
• puertas antes de abrirlas y estado del precinto;
• estiba, sujeción y distribución interior;
• etiquetas y marcas de los bultos;
• vista general y detalle de cada daño;
• humedad, agua, hielo, oxidación, derrame o contaminación;
• termógrafo, registrador de temperatura o indicadores de impacto;
• conteo de bultos y pesos disponibles;
• proceso de descarga y medidas para evitar que el daño aumente.
Conserve los archivos originales, con fecha y metadatos cuando sea posible. No edite las únicas copias.

Avisar al seguro y reclamar al transportista son actuaciones diferentes
El aviso al asegurador activa el expediente de cobertura. La protesta o reserva frente al transportista protege una posible reclamación de responsabilidad y los derechos de subrogación del asegurador. Una comunicación no sustituye necesariamente a la otra.
El aviso inicial al seguro puede ser breve. Incluya:
• número de póliza o certificado, si está disponible;
• asegurado y persona de contacto;
• mercancía, valor aproximado y factura;
• origen, destino y medio de transporte;
• fecha de descubrimiento y lugar actual de la carga;
• naturaleza y alcance provisional del daño o falta;
• medidas urgentes adoptadas;
• datos del transportista, transitario y destinatario;
• fotografías y documento de transporte con reservas.
En el seguro marítimo español, el artículo 426 de la Ley 14/2014 de Navegación Marítima establece una comunicación al asegurador o comisario de averías dentro de los siete días desde que se conoce el siniestro. La póliza puede dar instrucciones específicas y conviene avisar mucho antes. El artículo 427 exige adoptar medidas razonables para salvar o recobrar los efectos y evitar o disminuir el daño.
¿Cuándo interviene el perito o comisario de averías?
No todos los siniestros requieren una visita presencial. El asegurador, su agente de siniestros o el corredor valorarán si basta con documentación o si procede designar un perito especializado.
La inspección suele ser especialmente relevante cuando existe:
• daño de cuantía elevada o causa discutida;
• agua de mar o agua dulce, incendio, contaminación u oxidación;
• mercancía refrigerada o desviación de temperatura;
• maquinaria, productos técnicos o bienes de alto valor;
• posible reparación, reacondicionamiento, depreciación o salvamento;
• necesidad de destruir, vender o disponer urgentemente de la carga;
• diferencias de peso, faltas importantes o sospecha de manipulación;
• posible responsabilidad de varios transportistas o terminales.
El perito documenta la naturaleza, alcance y posible causa del daño, revisa la mitigación y puede solicitar pruebas adicionales. Su intervención no confirma por sí sola que el siniestro esté cubierto ni fija automáticamente la indemnización.
No encargue una peritación costosa por su cuenta sin consultar quién debe designarla y asumir su coste. Si la mercancía es perecedera o el daño puede empeorar, informe de la urgencia y pida instrucciones por escrito. Si no es posible esperar, adopte medidas razonables, documente por qué eran necesarias y conserve facturas y muestras cuando sea seguro y legal.
Documentación para abrir y sostener la reclamación
• póliza o certificado de seguro;
• factura comercial y lista de empaque;
• conocimiento de embarque, CMR, carta de porte aéreo o documento multimodal;
• albarán o comprobante de entrega con reservas;
• reclamación escrita al transportista y acuse;
• fotografías y vídeos originales;
• informe del perito, acta conjunta o certificado de daños;
• registros de temperatura, humedad, impacto o geolocalización;
• justificantes de flete, aduanas y otros gastos asegurados;
• presupuesto de reparación, clasificación o reacondicionamiento;
• inventario de salvamento y justificantes de venta o destrucción autorizada;
• correspondencia con transportista, transitario, terminal y autoridades.
No espere a tener el expediente completo para notificar. Envíe primero el aviso y complete la documentación de forma ordenada.
Plazos de protesta: dependen del modo de transporte
La siguiente tabla es una orientación para operaciones frecuentes en España y Europa. El contrato, el trayecto y la ley aplicable pueden cambiar el análisis.
Transporte | Daño aparente | Daño no aparente | Retraso |
Marítimo sujeto a la Ley española 14/2014 | Aviso escrito durante el siguiente día laborable a la entrega | Tres días laborables desde la entrega | Diez días laborables desde la entrega |
Carretera internacional sujeto al CMR | Reserva al efectuar la entrega | Reserva escrita dentro de siete días, sin contar domingos ni festivos | Reserva escrita dentro de 21 días |
Aéreo internacional sujeto al Convenio de Montreal | Protesta inmediatamente tras descubrirlo y, como máximo, dentro de 14 días para carga | Mismo máximo de 14 días desde la recepción | 21 días desde que la carga queda a disposición |
La Ley de Navegación Marítima regula estas protestas en su artículo 285. El Convenio CMR lo hace en su artículo 30 y el Convenio de Montreal) en su artículo 31.
No utilice la tabla para esperar hasta el último día. Envíe reservas inmediatamente y controle por separado los plazos de prescripción o caducidad de las acciones.
Cómo preservar los derechos del asegurador
Las Institute Cargo Clauses 1/1/2009 obligan al asegurado y a sus empleados y agentes a adoptar medidas razonables para evitar o minimizar la pérdida y a asegurar que los derechos frente a transportistas, depositarios u otros terceros se preserven y ejerciten adecuadamente. Consulte siempre la edición y las condiciones incorporadas a su póliza en el repositorio oficial de cláusulas del IUA.
En la práctica:
• no conceda exoneraciones ni admita una liquidación definitiva sin coordinación;
• no permita que venza un plazo mientras se discute la cobertura;
• reclame también al transportista aunque este alegue una causa externa;
• conserve restos, embalajes, muestras y mercancía recuperable;
• documente los costes razonables de mitigación;
• comunique cualquier propuesta de venta de salvamento o destrucción.
Errores que debilitan una reclamación
• firmar una entrega limpia pese a daños visibles;
• avisar solo por teléfono y no dejar constancia escrita;
• desechar mercancía o embalajes antes de documentarlos;
• reparar o reacondicionar sin ofrecer una inspección cuando era razonable;
• confundir la RC del transportista con el seguro propio de la mercancía;
• cuantificar únicamente el precio de venta sin justificar el valor asegurado;
• retrasar medidas urgentes esperando al perito;
• aceptar que el transportista cierre la reclamación sin consultar al asegurador;
• no guardar registros de temperatura o precintos;
• asumir que el Incoterm determina por sí solo quién puede reclamar.
¿Qué ocurre después de las primeras 48 horas?
El expediente continúa con la determinación de la causa, el alcance del daño, la cobertura, el valor indemnizable, la franquicia y el posible recobro frente a terceros. El artículo 437 de la Ley de Navegación Marítima contempla que el asegurador acepte o rechace el siniestro tras recibir la prueba del daño y de sus causas, aunque la investigación pericial o la documentación pendiente pueden ampliar el proceso.
Mantenga un índice de documentos, un registro de comunicaciones y un calendario de plazos. Una reclamación bien ordenada facilita tanto la decisión de cobertura como el recobro posterior.
Preguntas frecuentes
¿Las 48 horas son un plazo legal para declarar el siniestro?
No de forma universal. Es una ventana práctica para proteger la carga y la prueba. Los plazos jurídicos y contractuales varían; algunos empiezan en la entrega y otros desde el conocimiento del siniestro.
¿Debo rechazar siempre la mercancía dañada?
No. Rechazarla sin instrucciones puede aumentar el daño o generar costes. Acepte con reservas cuando proceda, preserve la carga y coordine la decisión con el asegurador, el vendedor y el transportista.
¿Puedo tirar mercancía perecedera o contaminada?
Solo cuando sea necesario por seguridad, sanidad o para evitar un daño mayor. Siempre que sea posible, solicite instrucciones, fotografías, muestreo, acta o peritación y conserve la orden y los justificantes de destrucción.
¿Quién nombra al perito?
Normalmente el asegurador o su agente de siniestros, conforme a la póliza. En ocasiones puede acordarse una inspección conjunta con el transportista. Consulte antes de contratarlo por su cuenta.
¿Una inspección pericial significa que el seguro pagará?
No. La peritación prueba hechos y cuantifica daños; la cobertura se decide conforme a la póliza, la causa, las exclusiones, el interés asegurado y el resto de condiciones.
¿Puedo reclamar al seguro y al transportista a la vez?
Sí, son vías coordinadas y habituales, pero no permiten cobrar dos veces el mismo daño. Tras indemnizar, el asegurador puede subrogarse en derechos frente al responsable.
Asistencia y seguro de transporte de mercancías
Una póliza adecuada debe prever no solo los riesgos cubiertos, sino también un procedimiento claro de aviso, peritación y gestión internacional del siniestro. Consulte nuestro seguro de transporte de mercancías o contacte con el equipo de gestión de siniestros de Nautilux.
Este artículo ofrece información general y no sustituye el análisis de la póliza, el contrato de transporte, el Incoterm, la ruta y la legislación aplicable a un caso concreto.





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